Las reservas se refieren al dinero que los bancos y empresas deben guardar o apartar de sus ingresos y utilidades para “pagar” lo de los clientes en mora, para no afectar la liquidez de la empresa.
Este dinero debe ser tomado de algún lado por la institución, usualmente recortando planes, iniciativas, inversiones y a veces puestos de trabajo, entre otras fuentes, lo cual representa mucha presión sobre el propio banco o empresa, limitando su operatividad, en tanto cobra lo que se le debe.
Es la labor de cobranza en las instituciones lo que asegura que estas reservas se mantengan en niveles mínimos y no crezcan sin control, de ahí su importancia.
Para ello se deben buscar formas para tener una cobranza potente que logre ingresar el dinero requerido para mantener viable las operaciones la institución.
De hecho, es falso que los intereses y otros cargos moratorios cobrados, por ejemplo, por los bancos, hace que éstos sean ricos, en realidad no; esos intereses solamente aligeran los enormes costos de llevar a cabo la cobranza de carteras vencidas: sueldos, tecnología, capacitación, entre otros.
En ese sentido, el sistema financiero internacional, a través del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, trabaja actualmente en la actualización del porcentaje adecuado que deben tener las instituciones financieras para garantizar su estabilidad y la de la totalidad del sistema financiero internacional. El llamado “Marco regulador internacional para bancos – Basilea III” busca:
- Mejorar la capacidad del sector bancario para afrontar perturbaciones ocasionadas por tensiones financieras o económicas de cualquier tipo.
- Mejorar la gestión de riesgos y el buen gobierno en los bancos.
- Reforzar la transparencia y la divulgación de información de los bancos.
La existencia de reservas bancarias se encuentra ligada al propio desarrollo de la actividad de intermediación financiera y por tanto solo existen en este tipo de negocios. No se deben confundir este tipo de reservas con las que dota cualquier empresa. Así, en el balance de cualquier empresa (incluidos los bancos privados), existe una cuenta denominada Reservas; con esta denominación genérica se hace referencia a aquella parte del beneficio de la empresa no distribuido entre los accionistas ni incorporado al capital social de la misma.
Al igual que ocurre con las reservas bancarias, pueden ser legales u obligatorias (si así lo establece la normatividad o los estatutos de la empresa) o voluntarias cuando la sociedad decide no distribuir los beneficios.
La labor de los intermediarios financieros en general, y de los bancarios en particular, resulta muy importante para el conjunto de la economía; sus servicios de intermediación son fundamentales, porque sin ellos gran parte del ahorro generado por los agentes económicos nunca se transformaría en inversión; de igual forma ponen en contacto a los agentes económicos generadores de ahorro con aquellos que necesitan fondos para poder llevar a cabo sus actividades.
Cuando un cliente acude a un banco o a una caja de ahorros y abre una cuenta corriente en donde deposita parte o la totalidad de sus ahorros, estos no permanecen en la caja fuerte del banco hasta que los vuelven a reclamar; más bien, el banco los presta a aquellos agentes económicos necesitados de efectivo para llevar a cabo sus proyectos de inversión o para adquirir otros bienes.
La institución bancaria cobra por ello un tipo de interés, pero también debe pagar a aquellos clientes que mantienen fondos depositados en ella; esta actividad constituye la esencia del negocio bancario.
Por otra parte, los intermediarios financieros se comprometen a poner a disposición de sus clientes, cuando estos así lo requieran, los depósitos que en ellos mantienen, por ello no pueden prestar la totalidad de los depósitos de sus clientes; si lo hicieran, no podrían entregarle su depósito a un cliente cuando lo reclamara.
Las reservas bancarias precisamente tienen por objeto garantizar que los intermediarios bancarios podrán hacer frente a los compromisos mantenidos frente a sus depositantes. En términos generales, pues, tratan de dotar de credibilidad al sistema financiero; al mismo tiempo juegan un papel muy importante en el diseño y ejecución de la política monetaria, ya que permiten a la autoridad financiera drenar o inyectar liquidez en función de las necesidades de la economía.
¿Problemas de Reservas y Rentabilidad del Centro de Cobranza?
Y hablando de empresas, estas dependen de sus ingresos para trabajar y crecer, pero deben gestionarlos bien para contar con reservas de efectivo en tiempos difíciles. Una buena planeación financiera, una cuidadosa gestión del efectivo y un uso inteligente del financiamiento marcan la diferencia entre una empresa que pueda cubrir su gasto corriente y sobrevivir, y aquella que termine en la quiebra.
La base de la rentabilidad y el crecimiento de un negocio es contar con una reserva de efectivo suficiente para seguir operando, aun cuando haya retrasos en la cobranza o turbulencia económica.
Las reservas de efectivo deben ser suficientes para cubrir los gastos fijos de producción y operación de la empresa durante un mínimo de días, aún sin contar con ingresos, y este periodo depende del giro de la misma. Específicamente en México, la Ley General de Sociedades Mercantiles señala que de las utilidades netas de toda sociedad, deberá separarse anualmente el 5 % como mínimo para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social, siendo nulos cualquier acuerdo de los administradores o asambleas contrarios a dicha disposición y los administradores responsables quedarán limitada y solidariamente obligados a entregar a la sociedad una cantidad igual a la que hubiere debido separarse.
El objetivo de formar este fondo es la protección del capital de la sociedad ante eventuales pérdidas o contingencias que se presenten. Si el fondo de reserva disminuye por cualquier motivo, este debe ser reconstituido de la misma manera como se formó. La Ley General de Sociedades Mercantiles en su artículo 21 establece que cualquier acuerdo de las sociedades contrario a la formación del fondo de reserva es nulo, es decir, que si los socios deciden no crearlo, ese acuerdo no sería válido y no produciría efectos jurídicos.
En este orden de ideas, en las empresas la labor de recuperación requiere del uso considerable de recursos, los cuales tienen un impacto financiero igualmente grande. Aunado a los costos de recuperar, se debe considerar los montos de reserva a emplearse, lo cual presiona aún más las finanzas de la organización. El ingreso resultante de la labor de cobro es el elemento crucial que alivia esta presión y promueve la liquidez requerida para la continuidad de las operaciones, pero ¿qué pasa cuando lo recuperado no corresponde con lo requerido? La presión no solo persiste, sino que aumenta, porque los tiempos y plazos se agotan, las carteras se deterioran y se genera una sobrecarga de trabajo considerable, que repercute a varios niveles de la organización.
Es preciso entonces, asegurar una ejecución potente de la cobranza mediante negociaciones poderosas y efectivas, alineadas a una estrategia integral clara y correctamente enfocada al objetivo, dotada de los elementos suficientes para hacerla viable y sostenible, manteniendo al equipo haciendo lo correcto, en el momento correcto y de la forma correcta para que el esfuerzo resulte en ingresos que realmente aporten a las cifras de recuperación especificadas.
Es necesario lograr que cada peso invertido genere el ingreso esperado; para ello es indispensable contar con una política de crédito y cobranza, por escrito, de esta forma los clientes sabrán cuáles son las fechas para realizar su pago, cuándo se considera su saldo vencido, el proceso de seguimiento, así como las consecuencias en caso que el crédito se considera en “mora”.
http://www.wiki-finanzas.com/index.php?seccion=Contenido&id=2015C825045823
http://www.directorjuridico.com/corporativo/la-reserva-legal-se-puede-distribuir-como-dividendo/
https://www.launion.com.mx/opinion/actualidad-fiscal/noticias/80357-obligaci%C3%B3n-de-constituir-la-reserva-legal-en-las-sociedades-mercantiles.html